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Conducción acompañada desde los 17 años: qué cambia con la nueva Directiva UE

La conducción acompañada desde los 17 años ya es una realidad legal en Europa. Una nueva directiva comunitaria abre la puerta a que los jóvenes se pongan al volante antes de cumplir la mayoría de edad, siempre bajo la supervisión de un conductor experimentado. ¿Qué cambia exactamente y cuándo llegará a España?

Una nueva norma para toda la Unión Europea

El panorama de la formación vial en Europa acaba de cambiar de forma significativa. El artículo 17 de la Directiva Europea 2025/2205, aprobada en noviembre de 2024, establece que los jóvenes de 17 años podrán obtener el permiso de conducción de clase B. Sin embargo, hasta que alcancen la mayoría de edad, sólo podrán circular acompañados por un conductor con experiencia sentado en el asiento del copiloto.

Esta medida se inspira en el llamado «modelo alemán», ya consolidado en varios países de la UE con resultados positivos en seguridad vial. Su objetivo es claro: reforzar la seguridad en carretera prolongando el período de aprendizaje supervisado, en lugar de lanzar a los nuevos conductores solos al tráfico desde el primer día.

En España, la norma aún debe transponerse a la legislación nacional antes del 26 de noviembre de 2028. La Dirección General de Tráfico (DGT) ya ha creado un grupo de trabajo específico para preparar esa adaptación.

¿Cómo funciona la conducción acompañada?

El carnet que se expida bajo este modelo llevará impreso en su reverso el código 98.02, que identifica al titular como conductor sujeto a la obligación de circular acompañado. Este código desaparece automáticamente cuando el conductor cumple 18 años.

Montserrat Pérez, subdirectora general de Formación y Educación Vial de la DGT, lo explica con claridad: «El modelo formativo no se modifica. El joven deberá estudiar, examinarse del teórico y del práctico y superar ambas pruebas, exactamente igual que cualquier otro aspirante al permiso B.»

«Un porcentaje muy alto de nosotros, cuando nos sacamos el permiso, hemos conducido las primeras veces con alguien de confianza en el asiento del copiloto.»

— Montserrat Pérez, subdirectora general de Formación y Educación Vial, DGT

Requisitos del acompañante: no es solo estar sentado

El acompañante juega un papel central en el modelo de conducción acompañada a los 17 años. La Directiva establece una serie de condiciones mínimas que este debe cumplir para poder ejercer ese rol:

  • Edad mínima

Debe tener al menos 24 años en el momento de acompañar al joven conductor.

  • Experiencia al volante

Titular del permiso B expedido en la UE y obtenido con más de 5 años de antigüedad.

  • Sin inhabilitaciones

No haber sido privado del permiso de conducir en su país durante los últimos 5 años.

  • Conducta ejemplar

Respeto estricto a las normas sobre alcohol y drogas al volante. Tolerancia cero.

Además, cada Estado miembro podrá imponer condiciones adicionales o limitar el número de acompañantes posibles por conductor. En resumen: ser acompañante no es un papel pasivo, sino una responsabilidad activa que exige convertirse en un modelo a seguir.

¿Para quién es una ventaja real la conducción acompañada?

Desde la DGT, esta medida se valora especialmente para dos grupos de jóvenes. Por un lado, quienes viven en zonas rurales o poco pobladas, donde la movilidad autónoma es una necesidad real antes de cumplir los 18. Por otro, aquellos que quieran llegar a la universidad con el carnet ya en el bolsillo.

Para los profesionales de talleres de reparación y concesionarios, esta normativa también tiene implicaciones prácticas: es previsible que aumente el número de conductores jóvenes que acceden antes al mercado, con vehículos que podrían precisar revisiones o reparaciones específicas para este perfil de usuario.

En cuanto a los camiones y vehículos pesados (Grupo 2), España ha decidido, de momento, no aplicar la conducción acompañada a los 17 años para ese tipo de permiso. La Directiva lo deja como opción voluntaria para cada Estado miembro.

España, bien posicionada ante la nueva normativa

La buena noticia es que España no parte de cero. La Directiva recoge una serie de recomendaciones sobre educación vial, sistemas ADAS en los exámenes teóricos y cursos de actualización para conductores, ámbitos en los que nuestro país ya lleva años trabajando. La DGT incorporó los ADAS tanto en la formación teórica como en la práctica mucho antes de que la normativa europea lo exigiera.

El texto europeo también abre la puerta a que el permiso B con dos años de experiencia sea válido para conducir vehículos propulsados total o parcialmente por combustibles alternativos con una masa máxima de hasta 4.250 kg, algo directamente relacionado con la transición hacia una movilidad más sostenible.

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