ASETRA

Protocolo de acoso sexual en el taller: qué exige la normativa a las empresas del sector

El acoso sexual y el acoso por razón de sexo siguen siendo una realidad silenciada en muchos entornos laborales. También ocurre en el sector de la reparación de vehículos. Por eso, Asetra  dedicó su último webinar formativo a explicar cómo debe construirse el protocolo de acoso sexual de la empresa. La sesión se enmarca en el convenio de colaboración que la asociación mantiene con la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, para la formación y profesionalización del sector. Llevaba por título Protocolo para la prevención del acoso sexual y el acoso por razón de sexo en el ámbito laboral. Corrió a cargo de Carmen González, Directora del área de Formación y Empleo de ASETRA, con la presentación de Ana María Mora, responsable del área de Desarrollo. El objetivo de la sesión fue ayudar a los talleres a comprender qué exige la normativa y cómo debe construirse el protocolo de acoso sexual de la empresa.

Qué diferencia el acoso sexual del acoso por razón de sexo

Carmen González comenzó aclarando un matiz que genera dudas habituales en la gestión del taller. El acoso sexual, definido en el artículo 7 de la Ley Orgánica 3/2007, es cualquier comportamiento de naturaleza sexual que atenta contra la dignidad de una persona. No es necesaria la intencionalidad para que la conducta se considere acoso. Las insinuaciones molestas, los comentarios sobre el físico, el envío de contenido sexual o el contacto físico no deseado son ejemplos habituales. El acoso por razón de sexo, en cambio, no tiene esa connotación sexual. Sanciona a una persona por el simple hecho de ser mujer u hombre. Es el caso de relegar a una trabajadora tras quedarse embarazada, o de cuestionar a un compañero que solicita una excedencia para el cuidado de su hijo. Ambas conductas están tipificadas como falta muy grave. Además, según explicó la ponente, no requieren testigos para activar el protocolo de acoso sexual de la empresa.

Datos que toda empresa del sector debería conocer

La macroencuesta de violencia contra la mujer, elaborada por la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, revela que más del 40% de las mujeres ha sufrido acoso sexual en algún momento de su vida. Un 17% lo sufrió en su entorno laboral. Además, tres de cada cuatro víctimas afirman que la situación se repitió en más de una ocasión. Por otro lado, la Inspección de Trabajo detectó el año pasado 92 infracciones en esta materia. Las sanciones superaron los 388.000 euros, un 75% más que el año anterior. Estos datos, señaló Carmen González, no implican necesariamente un aumento de los casos. Reflejan una mayor concienciación de las plantillas y más denuncias, si bien persisten empresas que incumplen su obligación de prevención.

Por qué el sector de talleres debe prestar especial atención

El sector de la reparación de vehículos reúne varios de los factores de riesgo señalados por el estudio de CCOO sobre acoso sexual y por razón de sexo. Entre ellos, los entornos muy masculinizados, con un 90-95% de plantilla técnica compuesta por hombres. También las culturas de grupo que en ocasiones normalizan comentarios fuera de lugar. Por ello, disponer de un protocolo de acoso sexual bien construido y conocido por toda la plantilla no constituye únicamente una obligación legal. Es, asimismo, una herramienta que protege el clima laboral y la reputación de la empresa.

Qué obligaciones tiene la empresa

Todas las empresas, sin excepción, están obligadas a contar con un protocolo de acoso sexual y por razón de sexo. Así lo establece la Ley Orgánica 10/2022, de garantía integral de la libertad sexual. Las que superan los 50 trabajadores deben integrarlo, además, en su plan de igualdad y proceder a su registro, según recoge el Real Decreto 901/2020. El protocolo afecta a toda la plantilla, con independencia del tipo de contrato. Incluye también a becarios, personas en prácticas, voluntariado o trabajadores cedidos por una ETT. Asimismo, resulta de aplicación cuando la persona acosadora es un cliente o un proveedor externo a la organización. En el caso de los talleres, conviene verificar que el protocolo respeta lo dispuesto en el IV Convenio Estatal del Metal. Esta norma regula de forma expresa el procedimiento de actuación frente al acoso sexual en el sector.

Cómo se activa el protocolo

La activación requiere, en primer lugar, un canal de denuncia claro, seguro y confidencial, que toda la plantilla debe conocer. La comisión instructora, según establece el convenio del metal, tiene un máximo de dos personas investigadoras. Puede ampliarse a una tercera si la víctima solicita representación legal. Las entrevistas deben evitar juicios de valor y preguntas sobre la vida privada. Tampoco deben sugerir la respuesta esperada. La empresa puede adoptar medidas cautelares durante el proceso. Si se confirma la conducta, se aplica el régimen disciplinario correspondiente: desde la amonestación hasta el despido, pasando por la suspensión de empleo y sueldo. En empresas de menor tamaño, como recordó la ponente, lo habitual y recomendable es externalizar la investigación a una entidad especializada en igualdad.

La formación, la mejor prevención

No obstante, ningún protocolo resulta eficaz si la plantilla desconoce su existencia. Tampoco si no identifica qué conductas puede denunciar. Por ello, ASETRA insiste en la formación como primera línea de defensa. El cartel de tolerancia cero y el código de buenas prácticas responden a ese objetivo. La web de formación online de CONEPA, con contenidos específicos sobre igualdad y recursos humanos, está a disposición de todos los asociados. En este sentido, sensibilizar desde la dirección hasta el último puesto del taller convierte un documento legal en una cultura de empresa real.

Un compromiso que sigue vigente

El acoso sexual y por razón de sexo no desaparece porque una empresa no reciba denuncias. Según la propia macroencuesta, la mitad de las víctimas no lo comunica a nadie. Por ello, disponer de un protocolo de acoso sexual actualizado y adaptado a la realidad de cada taller continúa siendo una prioridad. Lo es tanto por responsabilidad legal como por el bienestar de la plantilla. Esta acción se enmarca en el convenio de colaboración suscrito por ASETRA con la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo. Participan también diversas federaciones y asociaciones del sector comercio y servicios, para la formación y profesionalización de dichos sectores.

Los talleres que necesiten revisar su protocolo pueden dirigirse al área de Formación y Empleo de ASETRA, que ofrece asesoramiento para adaptarlo al convenio de aplicación. En los casos que requieran asesoramiento legal, el área Jurídica de ASETRA está también a su disposición.

NUESTROS COLABORADORES

Comprometidos con la rentabilidad y futuro de los talleres

TE PUEDE INTERESAR

 

Contacto

Email
91 434 06 60