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Medidas para la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI en las empresas: Un paso hacia la inclusión

El Real Decreto 1026/2024, publicado el 8 de octubre, ha marcado un antes y un después en la legislación empresarial relacionada con la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI en el entorno laboral. Esta normativa responde a la Ley 4/2023, que establece la obligación de que las empresas cuenten con un conjunto planificado de medidas para garantizar la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI. A continuación, desglosamos los puntos más relevantes de esta nueva regulación.

¿Qué empresas deben cumplir con estas medidas?

La normativa establece que todas las empresas con más de 50 empleados están obligadas a desarrollar e implementar este plan de medidas para promover la inclusión y combatir la discriminación de las personas LGTBI en su entorno laboral. El objetivo es crear entornos seguros, inclusivos y respetuosos para todos los trabajadores, independientemente de su orientación sexual o identidad de género.

¿Cuáles son los plazos para su implementación?

El Real Decreto establece varios plazos para la implementación de estas medidas, dependiendo de la situación de cada empresa:

  1. Las empresas con representación legal de los trabajadores y con un convenio colectivo deberán iniciar la negociación dentro de los tres meses siguientes a la entrada en vigor del decreto.
  2. Las empresas sin convenio colectivo tendrán un plazo máximo de seis meses para constituir una comisión negociadora.
  3. Si no se llega a un acuerdo en tres meses, las empresas deberán aplicar las medidas establecidas por el Real Decreto, hasta que se pacten medidas propias.

¿Qué incluyen estas medidas?

El decreto establece que las empresas deben implementar protocolos frente al acoso y la violencia, con mecanismos claros de detección, prevención y actuación para proteger a las personas LGTBI. Estos protocolos deben estar vigentes no solo para los empleados, sino también para proveedores, clientes y candidatos a un puesto de trabajo. Además, las empresas tienen la libertad de acordar medidas adicionales, pero el cumplimiento mínimo será el establecido en los anexos del Real Decreto.

Es importante destacar que estas medidas no solo protegen a los empleados de la empresa, sino también a solicitantes de empleo, proveedores, clientes y otras personas que puedan tener relación con la actividad del taller.

¿Cuándo entran en vigor?

El Real Decreto 1026/2024 ha entrado en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE, lo que significa que las empresas deben comenzar a trabajar en su implementación de inmediato. Es un paso esencial para avanzar hacia una sociedad más inclusiva y garantizar los derechos de todos los trabajadores.

¿Quiere saber más sobre cómo implementar estas medidas en tu taller? Contacte con el Área de Formación y Empleo de ASETRA para recibir asesoramiento especializado. Llame al 91 434 06 60 o envíe un correo electrónico a formacion@asetramadrid.com. ¡Trabajemos juntos por un taller más inclusivo!

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