El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha estimado parte de los argumentos esgrimidos por VOX en su recurso contra la Ordenanza de Movilidad Sostenible que sustenta la creación de Zonas de Bajas Emisiones en las que el Ayuntamiento había prohibido el paso de vehículos sin etiqueta medioambiental, concretamente Distrito Centro y Plaza Elíptica. La resolución del órgano judicial llega precisamente a las puertas de la celebración de la Semana Europea de la Movilidad.
Concretamente, la sentencia, que aún no es firme y sobre la que cabe un recurso que el Ayuntamiento ha confirmado que presentará, aprecia la una «manifiesta insuficiencia» del informe de impacto económico y anula las partes de la Ordenanza por las que se definen el ámbito de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) en todo Madrid, y las que establecen las dos Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDPE), las de Distrito Centro y el entorno de Plaza Elíptica.
La sentencia considera singularmente importante “que se hubiera tenido en cuenta la situación de los colectivos empresariales de menor capacidad económica para la renovación del vehículo, como son los autónomos, microempresas y pymes”.
Por el momento, y en espera de la presentación del recurso de casación por parte del Ayuntamiento ante ante la decisión del TSJM, fuentes del consistorio han manifestado que las multas no se anularán y que, pese a la sentencia, dichas áreas seguirán restringidas al tráfico.