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Normativas de Acceso y Circulación en ‘Madrid Zona de Bajas Emisiones’ hasta el 31 de diciembre de 2024
Nueva normativa de Madrid Zona de Bajas Emisiones 2024

A partir del 1 de enero de 2024, ‘Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE)’ implementará cambios significativos en el acceso y circulación de vehículos con etiqueta A en el municipio de Madrid. Esta iniciativa busca mejorar la calidad del aire y promover prácticas más sostenibles en el transporte urbano.

¿Dónde aplica la ‘Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE)’?

Abarca todas las vías públicas del municipio de Madrid, estableciendo restricciones específicas para los vehículos con clasificación ambiental A.

¿Qué vehículos no podrán acceder a ‘Madrid ZBE’ a partir del 1 de enero de 2024?

Los vehículos clasificados como A en las categorías 00, 02 (familiar) y 33 (todoterreno) que, a partir del 1 de enero de 2022, no cumplan con los requisitos de domicilio en la ciudad de Madrid y estar dados de alta en el Padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Ayuntamiento de Madrid, serán prohibidos.

¿Qué vehículos con clasificación ambiental A podrán circular hasta el 31 de diciembre de 2024?

Los vehículos clasificados como A podrán circular hasta finales de 2024 si están domiciliados en Madrid o registrados en la Dirección General de Tráfico. También están exentos de restricciones los vehículos conducidos por personas con tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida, los vehículos A no turismo y los ‘históricos’.

Mapa de la normativa de Madrid Zona de Bajas Emisiones hasta diciembre de 2024

Período de aviso del sistema de control de accesos

Por otro lado, la implementación definitiva de las cámaras de control de acceso en ‘Madrid ZBE’, situadas en el interior y en la vía M-30, se llevará a cabo antes del 14 de enero de 2024. Durante el periodo de aviso, se enviarán cartas informativas a los titulares de vehículos que incumplan las regulaciones.

Sanciones y multas

Los accesos no autorizados serán denunciados y sancionados con multa grave de 200 euros según la modificación de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

Si desea obtener más información sobre estas regulaciones, no dude en ponerse en contacto con el Área de Medio Ambiente de ASETRA a través del teléfono (91 434 06 60) o el correo electrónico calidadymedioambiente@asetramadrid.com. Estamos aquí para proporcionarle la información que necesita.

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