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La prevención que protege al taller: obligaciones, riesgos y medidas que no pueden quedarse en el papel

Un compresor que hace demasiado ruido. Una soldadura terminada justo antes de bajar la persiana. Un cliente que aparca él mismo su coche sobre el elevador. Son escenas tan habituales en un taller que casi nadie repara en ellas, y precisamente ahí, en lo cotidiano, es donde se juega buena parte de la seguridad de quienes trabajan. Eso fue lo que vino a recordar el reciente webinar de ASETRA dedicado a la prevención en el taller: dos horas para traducir la teoría de la PRL al lenguaje del día a día del negocio.

La sesión la condujo Carmen González, directora de Formación, y la impartió María Luisa Nieto, directora del área de Medio Ambiente, PRL, Industria y Calidad de la asociación. El planteamiento fue deliberadamente práctico: nada de discursos abstractos, sino respuestas a las preguntas que de verdad se hace quien gestiona un taller. La acción se enmarca en el Convenio de colaboración suscrito por ASETRA junto a diversas federaciones y asociaciones del sector comercial y de servicios con la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, orientado a la formación y profesionalización del sector.

Por qué empezar por la ley no es perder el tiempo

Hablar de normativa puede sonar tedioso, y la propia ponente lo admitió antes de defender lo contrario: entender de dónde viene cada obligación es lo que permite cumplirla con sentido. El recorrido fue cronológico y revelador. La protección de la seguridad y la salud nace en el artículo 40.2 de la Constitución como una declaración de intenciones, toma forma en la Directiva Marco europea 89/391 y aterriza en España con la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales y, después, con el Reglamento de los Servicios de Prevención (Real Decreto 39/1997). De ahí cuelga una larga lista de reales decretos que afectan de lleno al taller: lugares de trabajo, agentes cancerígenos, señalización, máquinas, equipos de protección individual o manejo manual de cargas.

Sobre ese armazón, Nieto insistió en dos palabras que conviene no dar por sabidas. Riesgo es la probabilidad de que ocurra un accidente. Medida preventiva es todo lo que se hace para evitarlo o reducirlo a lo más bajo posible. Lo ilustró con un ejemplo que todos reconocen: el incendio. Ningún taller puede eliminarlo del todo, porque va ligado a la actividad, pero sí rebajarlo con gestos concretos. Mantener la instalación eléctrica, revisar el certificado en baja tensión cada cinco años, cerrar los cuadros al terminar la jornada o no soldar en los 40 minutos previos al cierre, porque el calor residual puede prender cuando ya no queda nadie para sofocarlo.

Los principios que deciden qué se hace primero

En este punto, la sesión desgranó los principios de la acción preventiva recogidos en el artículo 15 de la Ley 31/1995: evitar el riesgo cuando sea posible, evaluar el que no lo es, combatirlo en origen, adaptar el puesto a la persona, sustituir lo peligroso por lo menos peligroso, planificar, anteponer la protección colectiva a la individual y dar las debidas instrucciones a la plantilla.

Detrás de cada principio hay una decisión muy terrenal. Combatir en origen la exposición a los humos diésel, por ejemplo, significa instalar extractores en la salida de los tubos de escape, y no limitarse a repartir mascarillas. Adaptar el puesto a la persona llega hasta un detalle que muchos pasan por alto: si un trabajador no entiende el castellano, su evaluación de riesgos debería traducirse, porque un documento que no se comprende no protege a nadie. Y la figura del trabajador especialmente sensible —menores de entre 16 y 18 años, embarazadas, personas en lactancia o con determinadas patologías— obliga a una evaluación distinta de la del resto.

El documento que se paga y luego nadie aplica

Por su tamaño y su actividad, casi todos los talleres deben contratar un servicio de prevención ajeno; solo a partir de 250 trabajadores aparece la obligación de constituir uno propio. Ese servicio visita las instalaciones, revisa máquinas, productos y tareas, y elabora el plan de prevención, del que cuelgan la evaluación de riesgos —qué peligros existen y cuál es su gravedad— y la planificación preventiva —qué medidas adoptar y en qué orden.

Aquí Nieto puso el dedo en una de las grietas más frecuentes. El contrato debe seguir vigente mientras haya personal, porque la evaluación no es una foto fija: se revisa y se actualiza. Y, sobre todo, alguien dentro del taller tiene que ejecutar lo que el documento indica. Su advertencia fue contundente: si el servicio ajeno entrega los papeles y nadie los lleva a la práctica, el taller ha pagado para nada. Recomendó además descargar siempre esa documentación en local, por si se cambia de proveedor o se pierde el acceso a la plataforma donde suele alojarse.

Cuatro especialidades, riesgos muy reconocibles

La prevención se ordena en cuatro especialidades —seguridad en el trabajo, higiene industrial, ergonomía y psicosociología, y vigilancia de la salud—, pero en el taller se materializan en situaciones que cualquiera identifica. Caídas y tropiezos, donde el orden y la limpieza son la primera medida. Atrapamientos con elevadores o vehículos. Exposición a productos químicos, humos diésel y aceite usado, estos dos últimos clasificados como cancerígenos. Ruido al que el oído se acostumbra sin que por ello deje de dañar. Vibraciones de radiales y lijadoras. Y el estrés térmico, una condición que afecta sobre todo a la parte operaria, expuesta al clima a través de los portones abiertos.

De ahí salieron consejos directamente aplicables. Que sea siempre una persona con experiencia quien coloque el vehículo en el elevador, nunca el cliente, al que conviene mantener fuera de la zona de reparación. Y extremar el cuidado con los gatos hidráulicos: están pensados para operar en el exterior del vehículo, y la borriqueta no es una garantía absoluta, porque también puede ceder o quedar mal colocada.

Vigilancia de la salud: una herramienta, no un mero trámite

La empresa está obligada a ofrecer cada año un reconocimiento médico a toda la plantilla. Hoy el trabajador puede renunciar, aunque esa renuncia debe constar por escrito; la ponente apuntó que el criterio podría endurecerse por la presencia de cancerígenos en el sector. Su recomendación fue clara: hacerlos. Cuanto mayor es la muestra, antes se detecta si alguna condición de trabajo está pasando factura. Conviene recordar que el resultado es confidencial: al empresario solo le llega un apto, un no apto o un apto con matices.

Cuando algo sale mal: emergencias bajo control

La prevención también prepara para lo imprevisto. El taller debe contar con un plan de emergencias que designe por nombre y apellidos a las personas responsables, con equipos de intervención, de alarma y evacuación, y de apoyo. Frente al fuego, el protocolo RACE: rescatar, alarmar, compartimentar y extinguir. Ante un accidente, la conducta PAS: proteger, avisar y socorrer. A ello se suman extintores con mantenimiento anual y, en las cabinas de pintura, las evaluaciones ATEX que valoran el riesgo de atmósferas explosivas.

El hilo invisible que lo sostiene todo: registrar

Si una idea atravesó toda la sesión fue esta: en prevención, lo que no se puede demostrar por escrito es como si no se hubiera hecho. Entrega de EPIs, formaciones, mantenimientos de elevadores y extintores, reconocimientos médicos, renuncias… todo debe quedar documentado y archivado, porque ante una inspección la palabra no basta. Por eso pesan tanto el tiempo y la formación de quien asume la prevención: el Convenio Estatal del Metal fija una formación de 50 horas para esa figura, una exigencia que, según anticipó la ponente, ganará protagonismo con la anunciada reforma de la ley.

Un asunto que no caduca

La prevención en el taller protege a las personas, evita sanciones y, de paso, profesionaliza el negocio. Lejos de ser un papeleo más, gana relevancia con el foco creciente de la inspección sobre los agentes cancerígenos y con los cambios normativos que se avecinan. Esta acción forma parte del Convenio de colaboración entre ASETRA, federaciones y asociaciones del sector y la Comunidad de Madrid (Consejería de Economía, Hacienda y Empleo) para la formación y profesionalización del sector, y tiene continuidad en próximas sesiones formativas. Encontrarás más contenidos útiles en el Club de Colaboradores de ASETRA.

¿Quieres llevar todo esto a la práctica en tu taller sin perderte en el camino? El área de Industria, Medio Ambiente y PRL de ASETRA Madrid está a tu disposición para acompañarte paso a paso. Y si tu consulta tiene un componente legal, el Área Jurídica puede orientarte. No esperes a la próxima inspección: ponte en contacto y empieza hoy.

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